La Protección de la Población Civil establecida en el Derecho Internacional Humanitario, en Arauca se convierte en simple enunciación normativa sin aplicación en la realidad.
Saravena, 3 de diciembre de 2013.
DENUNCIA PÚBLICA
La Protección de la Población Civil establecida en el Derecho Internacional Humanitario, en Arauca se convierte en simple enunciación normativa sin aplicación en la realidad.
-. El 29 de noviembre, a la salida de Saravena, en dirección hacia el municipio de Fortul, se presentó un hostigamiento contra miembros de la Policía Nacional, al cual los uniformados respondieron, en este hecho resultó muerto con impacto de arma de fuego el señor VÍCTOR SENON CONTRERAS GONZÁLEZ de 66 años de edad, quien se encontraba desarrollando sus labores cotidianas en una finca aledaña al lugar, igualmente murieron dos semovientes, un toro reproductor y una yegua.
-. En la madrugada del domingo 24 de noviembre, en la vereda Bruselas del municipio de Fortul, la Fuerza Aérea Colombiana y el Ejército Nacional desarrollaron un bombardeo contra miembros del Ejército de Liberación Nacional ELN, en este hecho resultaron afectados bienes de la población, un civil muerto, señor EDGAR MERCHÁN GUERRERO de 36 años de edad, y otro civil herido.
-. En este mismo sentido, en otro bombardeo realizado en la vereda La Paz del municipio de Arauquita, el día 26 de noviembre, fueron afectados bienes de la población civil, cual es el caso de una vaquera destruida en la finca del señor José Durán.
Estos hechos hacen que reiteremos a los actores del conflicto (Estado colombiano a través de su fuerza pública y las organizaciones rebeldes), la urgente necesidad de respetar las normas del Derechos Internacional Humanitario, fundamentalmente los principios de distinción y protección a la población civil y el de no reciprocidad, lo cual implica no ocupar los bienes de las comunidades, no desarrollar acciones indiscriminadas donde se afecte la vida e integridad de las mismas, ni utilizar las infracciones de un actor como excusa para también violentarlas.
Si bien es cierto, existe un conflicto armado, precisamente las normas del Derecho Internacional Humanitario tienen por finalidad establecer los límites de la guerra regulando los métodos y medios, consagrando de manera especial la protección que merecen los civiles y sus bienes, los combatientes que han dejado de participar en las hostilidades y los prisioneros de guerra.
Exigimos a las autoridades de justicia y control del Estado, adelantar las investigaciones correspondientes para esclarecer estos hechos y garantizar los derechos a la verdad, la justicia y la reparación integral a las víctimas, así como la garantía de no repetición.
POR LA DEFENSA DE LA VIDA, LOS DERECHOS HUMANOS Y LA PERMANENCIA EN EL TERRITORIO.
FUNDACIÓN DE DERECHOS HUMANOS JOEL SIERRA
NUESTRA ACCIÓN ES LEGAL Y LEGÍTIMA
+ There are no comments
Add yours