{"id":2137,"date":"2011-03-25T15:56:01","date_gmt":"2011-03-25T15:56:01","guid":{"rendered":"http:\/\/redcolombia.org\/wordpress\/2011\/03\/25\/en-riesgo-la-vida-de-los-detenidos-polcos-de-acacias\/"},"modified":"2021-07-02T12:08:45","modified_gmt":"2021-07-02T15:08:45","slug":"en-riesgo-la-vida-de-los-detenidos-polcos-de-acacias","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.redcolombia.org\/?p=2137","title":{"rendered":"En riesgo la vida de los detenidos pol\u00edticos de Acacias"},"content":{"rendered":"<p>La Fundaci\u00f3n Comit\u00e9 de Solidaridad con los Presos Pol\u00edticos, denuncia ante la comunidad nacional e internacional los siguientes:<\/p>\n<p>HECHOS<\/p>\n<p>  <!--more-->  <\/p>\n<p>\u00a0Los detenidos pol\u00edticos LUIS ALEJANDRO AVELLANEDA TD6518 y DUVERNEY HERRAN TORRES TD7911, recluidos en el pabell\u00f3n A20 del establecimiento de mediana seguridad de Acac\u00edas, se han comunicado con nuestra Fundaci\u00f3n para informar que han solicitado insistentemente el traslado a otro centro de reclusi\u00f3n por considerar que sus vidas corren un inminente riesgo en su actual sitio de reclusi\u00f3n. Afirman los detenidos que en los \u00faltimos d\u00edas el ambiente en el pabell\u00f3n se ha puesto especialmente pesado, por lo que presumen que el riesgo para sus vidas e integridad personal se ha intensificado, y temen que en cualquier momento puedan ser v\u00edctimas de agresiones.<\/p>\n<p>Igualmente\u00a0 NELSON JIM\u00c9NEZ GARC\u00cdA TD5001 patio 3, quien ha denunciado torturas por parte de miembros del cuerpo de custodia y vigilancia; solicit\u00f3 traslado por seguridad para C\u00facuta, Arauca y Combita en cuatro (4) oportunidades a llenado el formato el \u00faltimo hace tres (3) meses a pasado cuatro (4) cartas en el mismo sentido la \u00faltima fue Noviembre 04 de 2010. La FCSPP, ya solicit\u00f3 intervenci\u00f3n de la Personer\u00eda y la Defensor\u00eda por el alto riesgo en que se encuentra el detenido el 4 de octubre de 2010.<\/p>\n<p>Esta no es la primera vez que nuestra Fundaci\u00f3n denuncia situaciones de riesgo de los detenidos pol\u00edticos en el establecimiento de mediana seguridad de Acac\u00edas, quienes finalmente resultan agredidos a pesar de las advertencias. La \u00faltima situaci\u00f3n fue la que se present\u00f3 el d\u00eda 3 de enero de 2011, cuando un detenido\u00a0 quien hab\u00eda solicitado previamente su traslado de patio por razones de seguridad, y ante la omisi\u00f3n de las autoridades penitenciarias fue agredido por la espalda por un recluso social, por lo que en defensa de su propia vida se vio obligado a dar muerte a su agresor. Esperamos que en esta ocasi\u00f3n el Inpec adopte las medidas necesarias y oportunas para preservar la integridad f\u00edsica y la vida de los detenidos pol\u00edticos recluidos en el pabell\u00f3n A20 del establecimiento de Acac\u00edas.<\/p>\n<p>Nuestra fundaci\u00f3n una vez m\u00e1s denuncia que la inadecuada separaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n reclusa es la principal causa de violencia intracarcelaria y de riesgo especialmente para las personas privadas de libertad por motivos pol\u00edticos, adem\u00e1s de contravenir lo preceptuado en la ley 65 de 1993 y en los tratados internacionales sobre tratamiento a la poblaci\u00f3n reclusa.<\/p>\n<p>La ley 65 de 1993, se\u00f1ala:<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 63. CLASIFICACI\u00d3N DE INTERNOS. Los internos en los centros de reclusi\u00f3n, ser\u00e1n separados por categor\u00edas, atendiendo a su sexo, edad naturaleza del hecho punible, personalidad, antecedentes y condiciones de salud f\u00edsica y mental. Los detenidos estar\u00e1n separados de los condenados, de acuerdo a su fase de tratamiento; los hombres de las mujeres, los primarios de los reincidentes, los j\u00f3venes de los adultos, los enfermos de los que puedan someterse al r\u00e9gimen normal. (Resaltado fuera del texto original)<\/p>\n<p>Esta disposici\u00f3n establece claramente que la naturaleza del delito, ser\u00e1 tenida en cuenta al momento de la clasificaci\u00f3n. A pesar de que el Gobierno Colombiano ha pretendido desconocer la existencia del delito pol\u00edtico, desde la misma Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, se reconoce esta categor\u00eda de delito y se le da un tratamiento preferencial frente al delito com\u00fan. Por lo tanto el C\u00f3digo Penitenciario y Carcelario, constituye el sustento jur\u00eddico para que proceda la separaci\u00f3n de los detenidos pol\u00edticos del resto de la poblaci\u00f3n reclusa, como un mecanismo realmente eficaz de protecci\u00f3n de la vida e integridad de esta poblaci\u00f3n carcelaria.<\/p>\n<p>El art\u00edculo de la ley 65 de 1993 anteriormente citado, adicionalmente expresa:<\/p>\n<p>La clasificaci\u00f3n de los internos por categor\u00edas, se har\u00e1 por las mismas juntas de distribuci\u00f3n de patios y asignaci\u00f3n de celdas y para estos efectos se considerar\u00e1n no solo las pautas aqu\u00ed expresadas, sino la personalidad del sujeto, sus antecedentes y conducta. (Resaltado fuera del texto original).<br \/>\u00a0<br \/>El Inpec viene obligando a los detenidos pol\u00edticos a convivir con reclusos del paramilitarismo y de dif\u00edcil convivencia, consumidores habituales de alucin\u00f3genos y pacientes psiqui\u00e1tricos, lo que deja en evidencia que para la clasificaci\u00f3n de los detenidos no se est\u00e1 considerando su personalidad, antecedentes y conducta como ordena la norma.<br \/>\u00a0<br \/>De otra parte las normas internacionales sobre el tratamiento de los reclusos[1] obligan al Estado Colombiano a realizar una adecuada separaci\u00f3n por categor\u00edas, atendiendo entre otras los motivos de la detenci\u00f3n o privaci\u00f3n de la libertad. Por lo tanto debe entenderse que las personas detenidas por motivos pol\u00edticos deber\u00e1n ser separadas de aquellas detenidas por delitos comunes.<\/p>\n<p>Por lo anterior, nuestra Fundaci\u00f3n responsabiliza a las autoridades penitenciarias y carcelarias en cabeza del director general del Inpec de cualquier agresi\u00f3n de que puedan ser v\u00edctima los detenidos pol\u00edticos del establecimiento de mediana seguridad recluidos en el establecimiento de Acac\u00edas- Meta.<\/p>\n<p>Hacemos un llamado a las entidades de control y les solicitamos intervenir en el marco de sus competencias y principalmente en ejercicio de sus funciones preventivas para garantizar la vida e integridad f\u00edsica de los detenidos pol\u00edticos del establecimiento de mediana seguridad de Acac\u00edas- Meta.<\/p>\n<p>Solicitamos a la comunidad nacional e internacional EXIGIR al estado colombiano en cabeza del presidente Juan Manuel Santos Calder\u00f3n, para que ordene a una adecuada clasificaci\u00f3n de la poblaci\u00f3n reclusa y la separaci\u00f3n de los detenidos pol\u00edticos del resto de la poblaci\u00f3n privada de libertad.<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, solicitamos a todas las organizaciones sociales, defensoras de los Derechos Humanos, y al movimiento popular, nacionales e internacionales EXIGIR a las autoridades Colombianas garant\u00edas para la vida e integridad personal de los se\u00f1ores LUIS ALEJANDRO AVELLANEDA TD. 6518 y DUVERNEY HERRAN TORRES TD. 7911 y dem\u00e1s detenidos pol\u00edticos recluidos en el pabell\u00f3n A20 del establecimiento de mediana seguridad de Acac\u00edas <\/p>\n<p>Enviar comunicaciones a las siguientes direcciones:<\/p>\n<p>Dr. Juan Manuel Santos Calder\u00f3n, Presidencia de la Rep\u00fablica Cra. 8 No.7-26, Palacio de Nari\u00f1o Bogot\u00e1, D.C., Colombia. Fax: (+57 1) 566.20.71<\/p>\n<p>Dr. Germ\u00e1n Vargas Lleras, Ministerio del Interior y de Justicia Carrera 9a. No. 14-10, Bogot\u00e1, D.C., Colombia. PBX (+57) 444 31 00<\/p>\n<p>Dra. Marcela Ram\u00edrez Rinc\u00f3n directora pol\u00edtica criminal y penitenciaria Ministerio del Interior y de Justicia Carrera 9a. No. 14-10, Bogot\u00e1, D.C., Colombia. PBX (+57) 444 31 00<\/p>\n<p>Brigadier General Gustavo Adolfo Ricaurte Director general INPEC Calle 26 No.27-48 Bogot\u00e1, D.C., Colombia PBX (+57) 2347474- 2347262.<\/p>\n<p>Dr. Alejandro Ord\u00f3\u00f1ez, Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n Carrera 5 No. 15-80 Bogot\u00e1, D.C. Colombia. Fax: (+57 1)342.97.23 E-mail:<\/p>\n<p>Dr. Volmar Antonio P\u00e9rez Ortiz. Defensor\u00eda del Pueblo Calle 55 No. 10-32 Bogot\u00e1, D.C. Fax: (+571) 640 04 91 E-mail: secretaria_privada@hotmail.com<\/p>\n<p>Oficina en Colombia del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos Calle 114 No. 9-45 Torre B Oficina 1101. Edificio Teleport Bussines Park Bogot\u00e1, D.C. Tel\u00e9fono PBX (57-1) 629 3636 Fax (57-1) 629 3637 E-mail: oacnudh@hchr.org.co<\/p>\n<p>COMIT\u00c9 DE SOLIDARIDAD CON LOS PRESOS POLITICOS<\/p>\n<p>Marzo 17 de 2011<\/p>\n<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on the_content --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on the_content -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La Fundaci\u00f3n Comit\u00e9 de Solidaridad con los Presos Pol\u00edticos, denuncia ante la comunidad nacional e internacional los siguientes: HECHOS<!-- AddThis Advanced Settings generic via filter on wp_trim_excerpt --><!-- AddThis Share Buttons generic via filter on wp_trim_excerpt --><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":2136,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[160,1928,2108,404,106],"class_list":["post-2137","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-noticias","tag-derechos-humanos","tag-desaparicion","tag-desplazamiento","tag-multinacionales","tag-paramilitarismo"],"jetpack_sharing_enabled":true,"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/www.redcolombia.org\/wp-content\/uploads\/2011\/03\/carcel%20valledupar.jpg?fit=145%2C74&ssl=1","_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2137","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcomments&post=2137"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/posts\/2137\/revisions"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=\/wp\/v2\/media\/2136"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fmedia&parent=2137"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Fcategories&post=2137"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.redcolombia.org\/index.php?rest_route=%2Fwp%2Fv2%2Ftags&post=2137"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}